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La UE obliga a indemnizar por cláusulas abusivas en sentencias posteriores a 2009

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia por la cual recuerda a los jueces de España que están obligados a eliminar de oficio las cláusulas abusivas de los contratos hipotecarios que se adjuntan a cualquier demanda presentada después del 4 de junio de 2009. Se trata de una obligación que no todos nuestros jueces estaban cumpliendo, y los afectados por ese incumplimiento disponen de un año para reclamar.

Imagen post cláusulas abusivas

Los afectados por las cláusulas abusivas en sus hipotecas llevaban tiempo esperando esta sentencia del TJUE, que fue dictada el pasado 28 de julio y que les da la razón en su lucha por conseguir que los jueces en España las eliminen de los contratos hipotecarios que hayan sido presentados en una demanda, independientemente de que la demanda solicitase o no la eliminación de éstas cláusulas.

Así debían hacerlo desde el año 2009, cuando la Unión Europea (UE) ordenó que este tipo de cláusulas hipotecarias debían ser revisadas y eliminadas de oficio en todos los países miembro. A pesar de que las leyes y jurisprudencia impuestas por la UE son supranacionales, es decir, están por encima de lo que dictaminen los jueces de cada país miembro, en España no empezó a regularse hasta octubre de 2015.

Sin embargo, la regulación española, que formaba parte de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, permitía a los jueces realizar esta revisión, pero no les obligaba, y a esto se han aferrado algunos de ellos para no eliminar las cláusulas abusivas de las hipotecas que debían revisar.

Las indemnizaciones

La obligación de revisar las cláusulas no es lo único que se ha conseguido con esta sentencia. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado que el Estado es responsable de este incumplimiento, y que, por lo tanto, debe indemnizar a las personas cuyo derecho haya sido vulnerado. Eso significa que todos los particulares afectados por cláusulas abusivas en su hipoteca que hayan estado inmersos en un proceso judicial después del 4 de junio de 2009 en el que el juez no las haya eliminado, deberán ser indemnizados.

Para reclamar en España disponemos de un año, y ya que la sentencia del TJUE fue dictada el pasado 28 de julio, los afectados tienen de tiempo hasta el 27 de julio de 2017 para hacerlo.

Algunas de las cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios son:

  • La cláusula suelo.
  • La cláusula 365/360, que obliga al hipotecado a pagar cinco días más de intereses cada año.
  • Las cláusulas que contemplen unos intereses de demora excesivos.
  • La cláusula que permite ceder el préstamo hipotecario sin necesidad de comunicárselo al hipotecado.
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