La documentación que deberías solicitar antes de comprar la vivienda
Posted by Ana Calvo on 19, julio, 2016 | Comentarios desactivados en La documentación que deberías solicitar antes de comprar la vivienda
Muchas veces pensamos que lo más complicado a la hora de comprar vivienda es encontrar esa casa perfecta con la que estamos soñando, así que cuando lo conseguimos nos relajamos y dejamos de pensar en toda la información importante que deberíamos recoger antes de la firma ante notario para evitar sorpresas o malentendidos. Por esa razón en la segunda entrega de nuestra Guía para la compra de una vivienda queremos presentarte la documentación que deberías solicitar sobre la vivienda antes de comprarla.
Ahora que ya has encontrado la casa que buscabas (si todavía no lo has hecho puedes consultar nuestra entrada sobre La búsqueda de vivienda para la compraventa) ha llegado el momento de empezar a preparar todo para firmar ante notario la compra. Son muchos los documentos que necesitarás para asegurarte de que la vivienda está libre de cargas y no llevarte sorpresas una vez hayas comprado la vivienda.
Si trabajas con una inmobiliaria, asegúrate de que en sus honorarios incluye el servicio de recopilar toda esta información. Si vas a comprar la vivienda sin intermediarios, tendrás que hacerlo tú mismo, y esto es lo que tendrás que solicitar:
1. La nota simple
Se trata de un documento que debes solicitar al Registro de la Propiedad, y en ella se indican datos como la titularidad de la vivienda, su localización exacta, sus dimensiones, sus limitaciones (por ejemplo, si está hipotecada)…
La nota simple te permitirá confirmar que la persona o personas que han firmado el contrato de arras pueden realmente vender la vivienda, si hay alguna hipoteca pendiente que deban cancelar y otros detalles que tal vez tengas que solventar para que no haya problemas el día de la firma de la compraventa ante notario.
Por ejemplo, si en la nota simple figuran propietarios que no han firmado el contrato de arras, es importante asegurarse de que lo hacen, ya que si ellos no estuvieran de acuerdo con la venta de la vivienda, ésta no se produciría.
En ocasiones podemos observar en la nota que hay una herencia que todavía no ha sido resuelta, no aparecen los nuevos titulares. En ese caso también es importante asegurarse de que estará resuelto en el momento de la firma ante notario, de otro modo no se podrá vender la vivienda. Se trata de algo que corresponde hacer a los herederos, y que harán gustosos porque desean vender, pero no está de más conocer la situación y recordarles que necesitan solucionarlo. En muchas ocasiones es algo que se hace el mismo día de la compraventa, ya que también se realiza ante notario, y se aprovecha la cita para resolver primero la herencia y firmar después la venta de la vivienda.
2. La nota del Catastro
La información que contiene la nota catastral se refiere sobre todo a el valor de la vivienda, tanto el valor catastral como el valor del suelo.
Se trata de un documento necesario para incluirlo en la Escritura de Compraventa y cuyos datos nos permitirán calcular los impuestos que debemos pagar por la compra de la vivienda.
3. El certificado de la Comunidad de Propietarios
El administrador de la Comunidad de Propietarios deberá expedir un certificado que indique si existe alguna deuda en la vivienda y si hay alguna derrama aprobada, de la que deberás hacerte cargo.
Si hubiera alguna deuda a la Comunidad, corresponde al actual propietario pagarla, aunque en ocasiones se puede llegar a acuerdos entre el vendedor y el comprador para que el último asuma la deuda. Lo importante es conocerla antes de comprar la vivienda para que haya sorpresas.
4. La cancelación o subrogación de la hipoteca
Cuando la vivienda tiene una hipoteca pendiente, es necesario asegurarse de que ésta se cancela antes de la firma ante notario. Sin embargo, a veces interesa subrogarse a la hipoteca existente porque tiene buenas condiciones.
¿Qué es la subrogación? Consiste en negociar con el banco para asumir la deuda que existe sobre la vivienda (como parte del pago de la compraventa). El nuevo propietario seguirá pagando la hipoteca que antes pagaba el vendedor. Además de poder aprovechar las buenas condiciones de firmó el anterior propietario, no será necesario pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados por la constitución de la hipoteca.
Y recuerda que si necesitas el asesoramiento de un agente inmobiliario de confianza en cualquiera de las fases de compra de vivienda, puedes contactar con Punto Rojo inmobiliaria en la Plaza de Jesús nº 7 (Valencia).